lunes, 29 de abril de 2013

LLEVAR AL REGISTRO Y OBLIGACION.LAS CUENTAS ANUALES.



La Junta General de dueños de la empresa tiene hasta el 30 de junio del año siguiente para ratificar las balance y pérdidas ganancias. Una vez aprobadas hay treinta días para depositarlas en el Registro Mercantil, por lo que el periodo máximo se extiende hasta el treinta y uno de julio.

La elaboración de las cuentas anuales se tiene que hacer por tres medios a saber, de manera presencial, no recomendado por las colas que podemos sufrir, por correo administrativo y por último según a las nuevas tecnologías por vía telemática.

Con la entrada en vigor de la nueva Ley Concursal, apareció un sistema nuevo de responsabilidad de los administradores de entidades mercantiles en concurso de acreedores.

Dicho régimen aparece cuando el concurso de acreedores de una empresa mercantil se denomina culpable, esto es, cuando en la insolvencia de la empresa ha habido dolo o culpa grave de los administradores de la Sociedad en concurso, lo cual implica sanciones sobre los administradores de la compañía en concurso.

Es importante conocer Libros contables que tienen como obligatorios las empresas.

Eso hace que el depósito de el balance y perdidas ganancias sea más cómoda, y así excluir la imposición de gravámenes que puede ser desde los 1.200 a 60.000 € que se inicia mediante un proceso sancionador, según lo establecido en el artículo 283 de la actual Ley de Sociedades de Capital. Esta sanción puede ser hasta los 300.000 euros si la sociedad tiene un volumen de facturación anual por encima a seis millones de euros.

Por último decir que el concurso de acreedores de una sociedad mercantil se declara culpable, así, cuando en la insolvencia de la empresa ha habido dolo o culpa grave de los administradores de la Compañía en concurso, que estén obligados por los adeudos sociales de la empresa frente a los acreedores.

lunes, 22 de abril de 2013

REGISTRO Y RESPONSABILIDAD.EL BALANCE Y DOCUMENTOS OBLIGATORIOS.


La Junta General de accionistas tiene hasta el 30 de junio del año siguiente para ratificar las cuentas anuales. Una vez ratificadas hay treinta días para llevarlas al Registro Mercantil, por lo que el plazo máximo se extiende hasta el 31 de julio.

La presentación de las cuentas anuales se puede hacer por tres mecanismos a saber, en vivo, no recomendado por las colas que podemos sufrir, por correo certificado vía administrativo y por último de acuerdo a las nuevas tecnologías por internet.

Al nacer en vigor de la novedosa Ley Concursal, nació un régimen nuevo de responsabilidad de los administradores de entidades mercantiles en concurso de acreedores.

Dicho sistema aparece cuando el concurso de acreedores de una entidad mercantil se gradúa culpable, así, cuando en la insolvencia de la empresa ha habido dolo o culpa grave de los representantes legales de la Compañía en concurso, lleva consigo sanciones sobre los administradores de la entidad en concurso.

Eso hace que el registro de el balance y perdidas ganancias sea más cómoda, y así excluir la fijación de multas que pueden fijar desde los 1.200 a 60.000 eur que se instruye mediante un proceso sancionador, según lo establecido en el art. 283 de la viva Ley de Sociedades de Capital. Esta sanción puede ser hasta los 300.000 euros si la sociedad tiene un volumen de facturación anual mayor a 6 millones de .

Es importante fijarse que si el deudor está vinculado a confeccionar la contabilidad y no ha elaborado el balance y cuenta de pérdidas y ganancias o nos la hubiera sometido a auditoria, si tiene mandato de llevarlas, y no las deposite en el Registro Mercantil, podría ser imputado el concurso como culpable.

lunes, 15 de abril de 2013

CTAS. ANUALES. REGISTRO MERCANTIL Y OBLIGACION LEGAL


La Junta General de socios tiene hasta el treinta de junio del año siguiente para dar visto bueno a las balance y pérdidas ganancias. Una vez aprobadas hay 30 días para depositarlas en el Registro Mercantil, por lo que el plazo máximo se extiedne hasta el treinta y uno de julio.

La elaboración de las cuentas anuales se puede hacer por tres medios a saber, de manera presencial, no recomendado por las colas que podemos aguantar, por correo administrativo y por último en base a las nuevas tecnologías por internet.

Al estar en vigor de la novedosa Ley Concursal, apareció un estatus nuevo de culpabilidad de los administradores de empresas mercantiles en concurso de acreedores.

En la quiebra, si el mismo se imputa como culpable, y la entidad se agarra a la liquidación de los bienes de la sociedad, hay que observar que podrá imputarse responsabilidad concursal por los adeudos sociales en los administradores o liquidadores de la empresa. Esto incluye a los administradores que lo fueron durante los últimos dos años, quedando sujetos frente a los acreedores concursales.

Eso hace que el registro de el balance y perdidas ganancias sea más confortable, y así evitar la fijación de sanciones que puede ser desde los 1.200 a 60.000 euros que se comienza mediante un procedimiento sancionador, según lo fijado en el artículo 283 de la actual Ley de Sociedades de Capital. Esta multa puede llegar hasta los 300.000 euros si la compañía tiene un registro de facturación anual superior a seis millones de €.

Para terminar decir que el concurso de acreedores de una sociedad mercantil se declara culpable, esto es, cuando en la insolvencia de la empresa ha habido dolo o culpa grave de los representantes legales de la Compañía en concurso, que puedan asumir los débitos sociales de la compañía frente a los acreedores.

lunes, 8 de abril de 2013

EL BALANCE, CUENTAS DE PERDIDAS Y GANANCIAS Y MEMORIA. REGISTRO Y RESPONSABILIDAD



La presentación de los documentos contables oficiales de una sociedad mercantil del periodo 2012 se hace tras su ratificación por parte de los accionistas.

En vivo y directo hay que consignar unos formularios oficiales y hay que depositarlas en las oficinas del Registro asignado a su domicilio social de la entidad.

Con la entrada en vigor de la novedosa Ley Concursal, nació un estatus nuevo de culpabilidad de los administradores de empresas mercantiles en concurso de acreedores.

En el concurso de acreedor, si el mismo se define como culpable, y la entidad se agarra a la liquidación de la riqueza de la entidad, hay que observar que podrá recaer responsabilidad concursal por las deudas sociales en los administradores o liquidadores de la sociedad. Esto imputa a los administradores que lo fueron durante los últimos dos años, quedando sujetos frente a los acreedores concursales.

Aplicaciones de gestión estandarizados en el mercado para la elaboración de contabilidad, permiten hacer ficheros que puede seán transportados en CD o enviados a través de Web, lo que crea de manera segura la obligación de presentar las cuentas anuales. Hace que tengo más tiempo y hace que el método sea tan primario que un chico pueda llevarlo a cabo.

Para acabar decir que el concurso de acreedores de una sociedad mercantil se define culpable, así, cuando en la insolvencia de la empresa ha habido dolo o culpa grave de los representantes legales de la Empresa en concurso, que tengan que hacer frente a las deudas sociales de la entidad frente a los acreedores.

martes, 2 de abril de 2013

ADILCO Opiniones formación



Es una entidad educativa que recoge muchas áreas relacionadas con la economía , finanzas , ciencias empresariales , etc creadas y materializadas por un importante grupo de profesionales de la enseñanza en cada una de las materias impartidas.

el programa formativo de Experto en Contabilidad, Impuestos y Administracion de Personal se quiere dirigir a profesionales con experiencia en la disciplina contable asi como los que desean adquirir los conocimientos necesarios para realizar nominas , seguros sociales o contratos. La salida profesional del Curso de Experto en Contabilidad, Impuestos y Administracion de Personal se infiere en puestos de contabilidad , administración , fiscal, etc

Os dejamos un extracto de las valoraciones de antiguos clientes, así como un enlace con valoraciones http://www.adilco.net/clientes.html

“Cursos: Curso de Experto en Contabilidad, Impuestos y Administracion de Personal”. Virginia

No es programa formativo fácil de aprender, pero es de lo más óptimo que puedes encontrar actualmente. El contenido está mejorado y las cuestiones son rápidas y ágiles, si bien requiere un esfuerzo importante por parte del alumno. Este programa formativo me facilitó el promocionar en mi compañía. Luego he estudiado curso más discretos con ellos como de blanqueo de capitales y me ha gustado mucho.

“Cursos: Curso de Administración de Empresas”. Lourdes

Mi jefe me inscribió en esta acción formativa, la parte contable está muy bien y la de laboral es la mejor elaborada. La parte de tributación es la que más esfuerzo estudiar, supongo porque es algo que no practico mucho en mi puesto profesional.

“Cursos: Curso de Impuestos, Personal y Contabilidad”. Charly

el programa está bastante perfecto y la ayuda en las dudas son muy amplias, sin embargo hay que dedicarle bastante horas. Creo que se hace muy extenso en la parte fiscal ya que hay bastante contenido que no se suelen usar en el día a día, y en cambio la parte de recursos humanos yo la hubiera hecho con un poco más de contenido sobre todo en lo que se refiere a procedimiento laboral. Le doy un 8 sobre diez.

Puedes consultar más info de estos cursos en
www.cursoscontables.org.es

La acción formativa de Experto en Contabilidad, Impuestos y Admo. de Personal va destinado a profesionales que necesiten actualizarse, prepararse o reciclarse para interactuar en el área administrativa, tesorería o gestión fiscal de cualquier compañía.

La modalidad de enseñanza a distancia se imparte desde hace tiempo, permite al alumno hacer compatible la formación con sus horarios y vivienda. El elearning se sustenta en un método pedagógico práctico.

lunes, 1 de abril de 2013

CTAS. ANUALES. DEPOSITO Y MULTAS



La Junta General de dueños de la empresa tiene hasta el treinta de junio del año siguiente para aprobar las cuentas anuales. Una vez aceptadas hay treinta días para depositarlas en el Registro Mercantil, por lo que el tiempo máximo se extiende hasta el 31 de julio.

La elaboración de las cuentas anuales se tiene que hacer por tres mecanismos a saber, en vivo, no recomendado por las colas que podemos soportar, por correo certificado vía administrativo y por último según a las nuevas tecnologías por vía telemática.

En las empresas en concurso, existe la obligación de redactar y auditar las cuentas anuales, si bien se exime a la empresa concursada de realizar la auditoría de las primeras cuentas anuales que se preparen cuando esté viva la administración concursal.

En la quiebra, si el mismo se imputa como culpable, y la sociedad se agarra a la liquidación de la riqueza de la sociedad, hay que observar que podrá recaer responsabilidad concursal por los adeudos sociales en los administradores o liquidadores de la entidad. Esto incluye a los administradores que lo hayan sido durante los últimos dos años, quedando sujetos frente a los acreedores concursales.

Software de finanzas estandarizados en el mercado para la llevanza de contabilidad, permiten crear ficheros que puede sean transportados en Dvd o enviados a través de Web, lo que optimiza de manera fidedigna la obligación de depositar las cuentas anuales. Hace que tengo más tiempo y hace que el método sea tan simple que un niño pueda llevarlo a cabo. 

Debemos tener en cuenta que si el deudor está vinculado a confeccionar la contabilidad y no ha confeccionado los documentos contables o nos la hubiera sometido a auditoria, si tiene exigencia de llevarlas, y no las deposite en el Registro Mercantil, podría ser definido el concurso como culpable.