martes, 8 de noviembre de 2011

Operaciones con broker

Actualmente algunas empresa utilizan los servicios de broker especializados para comprar acciones o especular en mercados financieros, estos brokers tienen sus propias cuentas como si de un banco se tratará, la problemática contable que vamos a analizar, es si estas cuentas se pueden tratar como tesorería o hay que registrarlas en una cuenta especial.

Podría contabilizarlo como un asimilado a la cuenta 572 de Tesorería, es decir, como una cuenta corriente liquida a disposición de la empresa.

Otra opción que entendemos que es más prudente es registrarla en alguna cuenta del subgrupo 55 Otras cuentas no bancarias, por ejemplo abrir una cuenta con la numeración 554 y con la siguiente denominación “Cuentas no bancarias con broker”

Devolución de un pagaré

Cuando se produce la devolución de un pagaré se incurren en unos gastos. Puede que el cliente proceda al pago líquido del pagaré, si bien suele ser habitual que nos exija que por los gastos de devolución le emitamos una factura, esta factura que emitimos debe ir sin IVA repercutido.

Por ejemplo, nos devuelven un pagaré de 3.000 euros, generando unos gastos de devolución de 100 euros. Contabilizaríamos de la siguiente manera:

DEBE
3.000 (435) Clientes impagos por pagaré
100 (626) Comisiones bancarias

HABER
3.100 (572) Bancos

Por el cobro del pagaré y la facturación de los gastos de protesto se procede la siguiente manera:

DEBE
3.000 (572) Bancos
100 (430) Clientes por los gastos de protesto

HABER
3.000 (572) Clientes impagos por pagaré
100 (779) Ingresos extraordinarios

Se podría contabilizar la facturación con un abono en la cuenta 626, si bien, entendemos que es más correcto reflejarlo en la cuenta de ingresos extraordinarios, ya que se trata de un ingreso atípico.

miércoles, 2 de noviembre de 2011

Los gastos de estudios bancarios

Los bancos para determinadas operaciones de financiación nos pueden realizar unos estudios sobre el riesgo y la solvencia. Estos estudios suelen ser cobrados por el Banco, que generalmente suele cargar el IVA en este tipo de servicios.

La manera de contabilizar estos gastos sería de la siguiente manera, en el Debe registramos el importe de la base imponible entregada por el Banco, es decir, el gasto que debe contabilizarse como comisión bancaria, es decir, en la cuenta 626 y a continuación también en el DEBE el importe de IVA que nos carga la empresa. Finalmente el HABER el importe total que nos ha cargado el Banco por el estudio.

Así imaginemos un banco que nos realiza un estudio de riesgo por importe de 100 euros más el IVA del 18% correspondiente, el asiento a realizar sería:

DEBE
100 (626) Comisiones Bancarias
18 (472) Iva soportado al 18%

HABER
118 (572) Bancos

Compra de oro

Muchas empresas ante la situación tan inestable que vivimos actualmente por la crisis financieras, está empezando a realizar operaciones en oro, bien directamente o través de derivados, como una manera de generar ingresos financieros mediante la evolución de un riesgo moderado y con ciertos tintes especulativos.

Nuestro plan general contable recoge unas cuentas que permite que las inversiones en oro, se traten como activos financieros derivados, por lo que si se trata del corto o largo plazo, se pueden registrar perfectamente en estas dos cuentas.

Si la inversión en oro se hace con tintes especulativos es decir a corto plazo, la cuenta correcta para registrarlo es la 559-Activos por derivados financieros a corto plazo, en cambio si la empresa quiere darle una cierta continuidad y a un plazo superior al año y fines estables, estaríamos hablando de la cuenta 255-Activos por derivados financieros a corto plazo.