lunes, 6 de mayo de 2013

DOCUMENTOS CONTABLES. LLEVAR AL REGISTRO Y SANCIONES



La presentación de las cuentas anuales de una sociedad mercantil del año 2012 se hace tras su visto bueno por parte de los socios.

En vivo y directo hay que consignar unos formularios oficiales y hay que dejarlos en las dependencias del Registro correspondientes a su domicilio social de la empresa.

Con la entrada en vigor de la novedosa Ley Concursal, apareció un régimen nuevo de obligaciones de los administradores de sociedades mercantiles en concurso de acreedores. 
cursos de contabilidad fundae bonificados

Dicho sistema surge cuando el concurso de acreedores de una sociedad mercantil se denomina culpable, así, cuando en la insolvencia de la empresa ha habido dolo o culpa grave de los administradores de la Sociedad en concurso, lleva consigo sanciones sobre los administradores de la compañía en concurso.

Software de contabilidad en serie en el mercado para la elaboración de contabilidad, permiten hacer ficheros que puede sean entregados en Dvd o enviados a través de Internet, lo que agiliza de manera fidedigna la obligación de depositar las cuentas anuales. Nos reduce los tiempos de espera y hace que el método sea tan primario que un niño pueda llevarlo a cabo.

Hay que observar que si el deudor está vinculado a llevar la contabilidad y no ha elaborado los documentos contables o nos la hubiera presentado a auditoria, si tiene exigencia de llevarlas, y no las deposite en el Registro Mercantil, puede ser definido el concurso como culpable.

lunes, 29 de abril de 2013

LLEVAR AL REGISTRO Y OBLIGACION.LAS CUENTAS ANUALES.



La Junta General de dueños de la empresa tiene hasta el 30 de junio del año siguiente para ratificar las balance y pérdidas ganancias. Una vez aprobadas hay treinta días para depositarlas en el Registro Mercantil, por lo que el periodo máximo se extiende hasta el treinta y uno de julio.

La elaboración de las cuentas anuales se tiene que hacer por tres medios a saber, de manera presencial, no recomendado por las colas que podemos sufrir, por correo administrativo y por último según a las nuevas tecnologías por vía telemática.

Con la entrada en vigor de la nueva Ley Concursal, apareció un sistema nuevo de responsabilidad de los administradores de entidades mercantiles en concurso de acreedores.

Dicho régimen aparece cuando el concurso de acreedores de una empresa mercantil se denomina culpable, esto es, cuando en la insolvencia de la empresa ha habido dolo o culpa grave de los administradores de la Sociedad en concurso, lo cual implica sanciones sobre los administradores de la compañía en concurso.

Es importante conocer Libros contables que tienen como obligatorios las empresas.

Eso hace que el depósito de el balance y perdidas ganancias sea más cómoda, y así excluir la imposición de gravámenes que puede ser desde los 1.200 a 60.000 € que se inicia mediante un proceso sancionador, según lo establecido en el artículo 283 de la actual Ley de Sociedades de Capital. Esta sanción puede ser hasta los 300.000 euros si la sociedad tiene un volumen de facturación anual por encima a seis millones de euros.

Por último decir que el concurso de acreedores de una sociedad mercantil se declara culpable, así, cuando en la insolvencia de la empresa ha habido dolo o culpa grave de los administradores de la Compañía en concurso, que estén obligados por los adeudos sociales de la empresa frente a los acreedores.