lunes, 18 de marzo de 2013

LAS CUENTAS ANUALES. REGISTRO MERCANTIL Y SANCIONES


La presentación de los documentos contables oficiales de una empresa mercantil del año 2012 se hace tras su aprobación por parte de los accionistas.

De manera presencial hay que rellenar unos formularios oficiales y hay que llevarlos en las dependencias del Registro correspondientes a su domicilio social de la empresa.

Con la entrada en vigor de la novedosa Ley Concursal, surgió un sistema nuevo de responsabilidad de los administradores de sociedades mercantiles en concurso de acreedores.

En la quiebra, si el mismo se imputa como culpable, y la entidad se dirige a la liquidación de la riqueza de la sociedad, hay que observar que podrá imputarse responsabilidad concursal por las deudas sociales en los administradores o liquidadores de la sociedad. Esto imputa a los administradores que lo fueron durante los últimos dos años, quedando obligados frente a los acreedores concursales.


Eso hace que la presentación de las cuentas anuales sea más ágil, y así evitar la fijación de sanciones que pueden fijar desde los 1.200 a 60.000 eur que se instruye mediante un procedimiento sancionador, según lo fijado en el art. 283 de la actual Ley de Sociedades de Capital. Esta sanción puede llegar hasta los 300.000 euros si la compañía tiene un importe de facturación anual superior a seis millones de eur.

Por último decir que el concurso de acreedores de una entidad mercantil se declara culpable, así, cuando en la insolvencia de la empresa ha habido dolo o culpa grave de los representantes legales de la Entidad en concurso, que puedan asumir los adeudos sociales de la compañía frente a los acreedores.

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