jueves, 1 de septiembre de 2011

Imposiciones a corto plazo como se contabilizan

Los primeros que tenemos que diferenciar es la imposición en sí a corto plazo de los intereses que generen.

Por la imposición haríamos el siguiente asiento contable, que al ser a corto plazo lo reflejariamos en cuenta del subgrupo 548

DEBE
(548)Imposiciones a corto plazo
HABER
(572)Bancos c/c

Para los intereses haríamos lo siguientes, utilizariamos la cuenta 547 y por tanto el asiento quedaría de la siguiennte manera, como contrapartida el correspondiente abono en la cuenta de ingreso y no olvidar la retencion que nos practicara la entidad financiera

los intereses:

DEBE
(547)Intereses a corto plazo de créditos
(473)Hac. Púb., retenc. y pagos a cuenta
HABER
(7621)Ingresos de créditos a corto plazo

y Finalmente cuando la imposición llega a su vencimiento hay qye hacer el siguiente asiento

DEBE
Bancos c/c (572) .........
HABER
(548)Imposiciones a corto plazo (

Un saludo

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