sábado, 23 de julio de 2011

Segundo ejemplo de propiedad industrial. Ejercicio II

La empresa tiene cedida el uso de modelo de utilidad (patente) por la que se le paga cada mes 2.000 mediante transferencia bancaria

La cesión para la explotación del modelo de utilidad es un ingreso contable y fiscal, por lo que hay que registrarlos, como ya sabemos hay que registrarlo o darlo de alta por el haber. El subgrupo 75, y concretamente 753 recoge perfectamente donde contabilizar este ingreso por alguiler de la patente.

Así que contabilizamos el ingreso en el haber, la cuenta que debemos poner es la 753 y está claro que el ingreso por transferencia bancaria se registra por el debe, con la cuenta 572 del banco.

DEBE

2.000 (572) Bancos

HABER

a (753) Ingresos de propiedad industrial cedida en explotación 2.000
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Si tienes pregunta a esta metodología contable, nos puede preguntar dejándonos algún comentario a esta entrada. Muchas gracias y espero que os ayude estos asientos que dejamos aquí

Ejercicio de como contabilizar una patente. Ejercicio I

La empresa tiene alquilada una patente por la que recibe mensualmente por el banco 4.000.

La patente supone un ingresos para la empresa de parte de su explotación de su propiedad industrial, por lo que tenemos que reconocer un ingresos, que está perfectamente recogido en las cuentas del subrgrupo de ingresos que recoge nuestro nuevo plan general contable, vigente desde el ejercicio 2008.

Así que registraremos el ingreso por el haber, la cuenta correcta a utilizar es la 753 y por supuesto en el debe el ingreso que consideramos que se hace por banco.

DEBE

4.000 (572) Bancos

HABER

a (753) Ingresos de propiedad indus- -trial cedida en explotación 4.000
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Cualquier duda sobre este asiento puede dejar su comentarios en este post. Muchas gracias y espero que os puede ayudar

domingo, 10 de julio de 2011

Como elegir un curso de contabilidad a distancia u online.

Lo primero que debemos es pedir un programa del curso, el precio del mismo, así como detalle de los tutores que van a ayudarnos en la acción formativa, recomendamos que sea gente con experiencia docente de al menos dos años y profesionales con responsabilidad en el área de contabilidad.

Lo segundo pedir al centro, un enlace o información donde podamos consultar la opinión de otros alumnos que hayan realizado cursos. Si el centro es incapaz de dar esta información, lo mejor es desechar esa opción.

Lo tercero, al ser formación a distancia online, el tiempo de dedicación necesario por parte del alumno para realizar el curso, así como los ejercicios y exámenes a realizar, descartar aquellos que no ofrezcan gran variedad de ejercicios y por supuesto no elegir aquellos cursos que realicen ejercicios tipo test.

Lo cuarto, pedir al centro de formación que nos mande una capítulo demostrativo del material didáctico del curso, así como acceso a la plataforma online donde se va a realizar la acción formativa.

1 saludo

sábado, 9 de julio de 2011

obligaciones contables. libros

Todos los empresarios están obligados a llevar el libro diario de contabilidad, que es donde registran sus operaciones diarias, deben legalizarla los libros en el Registro Mercantil antes del 30 de abril del años siguiente en que se cierra el ejercicio. A parte del libro diario, se debe llevar el libro de balances, donde se recoge el balance inicial y final de ejercicio, así como balances de sumas y saldos trimestrales. También a legalizar antes del 30 de abril.

También deben elaborar als cuentas anuales, es decir, balance, cuenta de pérdidas y ganancias, y memoria, están deben ser depositadas antes del 30 de junio del ejercicio siguiente.

Fiscalmente que no mercatílmente, se deben llevar otra serie de libros de cada a la Administración TRIBUTARIA, fundamentalmente el libro de facturas emitidas y recibidas, sobre todo de cara la impuesto sobre el valor añadido.

Otra nómina para contabilizar

La nómina del trabajador se ajusta al siguiente detalle:

Salario......................................…..1000
Seguridad Social, cuota empresarial............….200
Seguridad Social, trabajador......................30
Impuesto sobre la renta de las personas físicas...70


DEBE
1000 (Sueldos y salarios

HABER
a H.P acreedor
por conceptos fiscales 70
(476) Organismos Segur.
Social, acreed. 30
465) Remuneraciones pdes.
pago 900
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DEBE
230 (642) Seguridad Social empresa

HABER
a (476) Organi. Seguridad
Social, acreedores 230
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Como podemos ver, el bruto de la nómina se contabiliza en el debe, mediante la cuenta 640, en el haber los descuentos que se le aplican al trabajador, fundamentalmente por IRPF Y Seguridad social, la diferencia entre el debe y el haber constituye el líquido que va a recibir el trabajador.
+Sueldos y salaios
- IRPF
- Seg social trabajador
= Líquido a recibir (se contabiliza en la cuenta 465)

Luego tenemos que contabilizar la seguridad social con carga a la empresa, como mayor gasto 642.